Voces
VOCES SOBRE JURISPRUDENCIA: DEFINICION DE SUS TERMINOS.
ABANDONO DE PERSONAS: actos realizados intencionalmente dirigidos a poner en peligro la seguridad física de una persona que no puede cuidarse a si misma.
ABUSO DE DERECHO: el Código Civil Alemán dispone que “es inadmisible el uso de un derecho cuando solo puede tener por objeto causar daño a un tercero”. Y el Suizo de las Obligaciones declara: “Cada cual ha de proceder en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones según las reglas de la buena fe. El abuso manifiesto de un derecho carece de protección legal”.-
ABUSO DESHONESTO: delito que consiste en cometer actos libidinosos con personas de uno u otro sexo, o mediante el uso de fuerza o intimidación sin acceso carnal.
ACCIDENTES DEL TRABAJO: Según Cabanellas: es “el suceso anormal, resultante de una fuerza imprevista y repentina, sobrevenido por el hecho del trabajo o en ocasión de este y que determina en el organismo lesiones o alteraciones funcionales, permanentes o pasajeras”
ACTO ADMINISTRATIVO: Decision general o especial que en ejercicio de sus funciones toma la autoridad administrativa pertinente y que afecta derechos, deberes e intereses de los particulares o de entidades publicas.
ADOPCION: Acción de recibir como hijo, con los requisitos y solemnidades que establecen las leyes, al que no lo es naturalmente.
ALIMENTOS: Prestación en dinero o en especie que una persona se encuentra facultada por ley de reclamar a otra, para su mantenimiento y subsistencia.
AMPARO: Institución que protege la libertad individual o patrimonial avasallada por que actúa fuera de sus atribuciones legales o lo hace con exceso, violando derechos y garantías constitucionales.
ASISTENCIA FAMILIAR: Asistencia generada por el parentesco, como las derivadas del matrimonio y patria potestad. Su inobservancia puede dar lugar a acciones civiles y penales.
BOLETO DE COMPRAVENTA: Promesa de venta con efectos compulsivos para la parte incursa en incumplimiento. (art.- 1185 del Código Civil)
CALUMNIAS: Afecta el honor de las personas y da lugar al ejercicio de acción publica
CAPACIDAD: Aptitud para ser sujeto activo o pasivo en relaciones jurídicas determinadas.
CASO FORTUITO: Suceso que no ha podido preverse o que previsto no ha podido evitarse.
CHEQUES: Orden de pago contra un banco donde existen fondos suficientes depositados a su orden o con facultad para librar en descubierto.
COAUTORIA: es quien como autor, conjuntamente con otro autor plenamente responsable ha causado el resultado (Mezger)
CONCURSO DE DELITOS: “Cuando a una persona se la llama para responder de varias violaciones a la ley penal” (Nuñez)
CONDOMINIO: Derecho real de propiedad que pertenece a varias personas por una parte indivisa sobre una cosa mueble o inmueble.
CONTRATOS: Dos o mas personas que se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común destinada a reglar sus derechos.-
DAÑO MORAL: Desmedro sufrido en bienes extra patrimoniales que cuentan con protección jurídica.- Puede proceder de un acto ilícito civil como una penal. Incide sobre la consideración, el honor, o los afectos de una persona.
DEFENSA DEL CONSUMIDOR: Normas que regulan la producción y consumo y la actividad de los comerciantes.
DEFRAUDACION: Se configura por defraudar a otro en la sustancia, calidad o cantidad de las cosas que se le entreguen en virtud de contrato o de un titulo obligatorio.
DIVORCIO: Acción y efecto de divorciar y divorciarse por sentencia legal de juez competente.
DONACION: acto jurídico por el cual una persona transfiere a otra una cosa en forma gratuita y esta lo acepta. Puede ser pura y simple o con distintas modalidades.
ESTUPEFACIENTES: uso, distribución o tenencia de sustancias narcóticas como el opio y la cocaína.-
EXACCIONES ILEGALES o Concusión: delito que comete el funcionario público valiéndose de su cargo y prerrogativas que este le confiere para obtener beneficios indebidos.
EXIMENTES DE PENA: circunstancia que libera de responsabilidad al autor de un delito penal.
FALSIFICACION: Delito contra la fe publica que consiste en falsificar, falsear, adulterar o contrahacer documentos.
FILIACION: Vinculo existente entre padres e hijos. Hoy día la legislación no distingue entre hijos legítimos o naturales provenientes o no de matrimonio legitimo.
HABEAS DATA: derecho a recurrir ante la Justicia por existencia impropia de información errónea o impropia con el fin de que cese tal estado de cosas.
HURTO: Apoderamiento de cosa mueble ajena sin ejercer violencia o intimidación en las personas ni fuerza física en las cosas.
INJURIAS: delito que consiste en agraviar, ultrajar de obra o de palabra.
JUBILACION: Derecho otorgado a los trabajadores que se encuentren en las condiciones fijadas por las normas en cuanto a edad y aportes efectuados a la caja correspondiente.
LABORAL: derecho que regula las relaciones entre el trabajador y su empleador en cuanto al desarrollo de su actividad y los derechos, obligaciones y facultades de las partes.
LESIONES: Delito producido por quien causa voluntaria o involuntariamente en el cuerpo o en la salud de otro un daño cuya permanencia o duración lo calificara con mayor o menor pena.
LOCACION: obligación de conceder el uso o goce de una cosa contra el pago de un precio cierto en dinero.
LOCACION DE OBRA: Realización de una obra por un precio cierto en dinero.
LOCACION DE SERVICIOS: Prestación de un servicio por un precio cierto en dinero.
MALA PRAXIS: Responsabilidad emergente para los profesionales por mal desempeño en su actividad, ya fuere que actuare con negligencia y/o fuera de las reglas del arte en la materia.
PARTICIPACION: personas que toman parte en el hecho delictivo o prestan al autor o autores un auxilio o cooperación sin los cuales no habría podido cometerse.
PATRIA POTESTAD: conjunto de derechos y obligaciones conferidas por ley a los padres desde la concepción hasta la mayoría de edad o la emancipación-
PENAL: Derecho que regula las sanciones que deberían aplicarse a las personas que controvierten las conductas, deberes y prescripciones definidas por las normas jurídicas que una sociedad determinada considera como proceder ilícito y punible.
PETICION DE HERENCIA: acción otorgada al heredero para reivindicar la herencia contra toda otra persona que se arrogue igual calidad o mejor derecho.
POSESION: tenencia de una cosa bajo el poder de una persona con intención de someterla al derecho de propiedad.
PRESCRIPCION: medio de adquirir un derecho o liberarse de una obligación por el transcurso del tiempo que la ley determine.
RESISTENCIA A LA AUTORIDAD o Atentado contra la autoridad: delito contra la administración publica, consistente en emplear fuerza o intimidación contra un funcionario público o quien le prestare asistencia para impedir o trabar la ejecución de un acto propio del legítimo ejercicio de sus funciones.
RESPONSABILIDAD CIVIL Y COMERCIAL: obligación de reparar por si o por otro un daño, delito, o en virtud de causa legal que le confiera tal derecho
ROBO: Delito que consiste en el apoderamiento ilegitimo de una cosa mueble total o parcialmente ajena mediante el empleo de fuerza en las cosas o intimidación o violencia en las personas.
TRANSITO ACCIDENTES: El que sufre una persona por acción de tercero. Cuestiones de prueba de los hechos que determinaran la existencia de culpa sobre bases objetivas y/o presunciones precisas, graves y concordantes.
USURPACION: Apoderamiento con violencia o intimidación de un inmueble ajeno o de un derecho real de otro.
